Según el portal Totalnewsagency, el fiscal Federico Delgado dijo que pudo haber “complicidad” entre funcionarios y evasores. Así titulaba Ámbito Financiero el 18 de mayo de 2020. Mientras tanto, Tiempo Argentino, otro medio K, anunciaba, La trastienda de las 950 cuentas en el exterior y los 2600 millones de dólares que Cambiemos omitió investigar.
Lo que decía Delgado
Cuatro años de macrismo
— Opito (@DanteOpito) April 8, 2020
Post blanqueo, 950 nuevos evasores en cuentas offshore, con millones de dolares escondidos
Así se hacen millonarios a costa del gobierno corrupto, que nos endeudo a todos
Deben PAGAR impuestos extraordinarios
Es el momento para la AFIP https://t.co/FhH1eynlJc pic.twitter.com/nMsCqoE8Jm
“Hay que establecer quién fue el responsable administrativo, político y penal de todos estos movimientos”, sostuvo. La denuncia apunta sobre quienes ingresaron al blanqueo y mantuvieron cuentas offshore.
El fiscal federal Federico Delgado había presentado una denuncia para que se investigue la actuación de los funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante el gobierno de Mauricio Macri ante la posibilidad de que haya existido una “presunta protección de evasores” en una causa en la que se investiga la existencia de 950 cuentas no declaradas en el exterior por un monto total de 2.600 millones de dólares.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5, Secretaría N°9 resolvió archivar la causa CFP 2664/2020 por inexistencia de delito (art. 195, segundo párrafo, CPPN).
La causa
La instrucción llevada adelante, tanto en sede administrativa como en este ámbito judicial, ha permitido descartar cualquier tipo de violación a la previsión normativa antes mencionada, por cuanto no se ha corroborado afectación alguna al deber de confidencialidad que exige el ordenamiento en relación a los datos de los sujetos obligados.
Con ello, la sospecha que ha tenido el Contador Público Julián Ruiz, en su carácter de Subdirector General de Fiscalización, al instruir la formación del sumario administrativo correspondiente (por el intercambio, que bien podría calificarse de “poco profesional”, de datos estadísticos a través de un grupo de WhatsApp), no ha logrado superar el terreno de la conjetura, por más justificada que pudiera considerarse ex ante.
Por último, señala Totalnewsagency, corresponde desechar la configuración de la figura penal prevista en el art. 303 CP. En efecto, la lógica de este decisorio nos indica la inexistencia de delito y, por ende, la imposibilidad de formular una posible hipótesis de lavado de activos, siendo uno de sus requisitos típicos la existencia de un hecho ilícito precedente 82.
Por lo demás, corresponde recordar que la intención del acusador privado ha sido que en estos actuados se investigue el lavado de dinero de aquellas personas referidas en la información recibida por la AFIP. En ese sentido, tal como se señaló oportunamente, se ha omitido mencionar qué personas y por cuales períodos y tampoco las relaciona con algún reporte de operación sospechosa (ROS), sino que se limitó a realizar afirmaciones genéricas y abstractas de posibles ilícitos previos que no fueron delimitados. En esa dirección, la instrucción de la causa no ha evidenciado la existencia de esos elementos para sostener una posible hipótesis de lavado de activos de origen ilícito.
Finalmente, el portal Totalnewsagency, indica que en base a las consideraciones que preceden, es que corresponde archivar los presentes actuados de conformidad con las previsiones del art. 195, segundo párrafo del CPPN, aseguro el tribunal, ordenando archivar la causa por inexistencia de delito. Ta mera propaganda sin ningún asidero, algo que hoy CFK repite con su falsa proscripción por la que corren chorros de tinta y horas de radio y TV