El aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil, acordado a fines de abril entre el sector gremial y las distintas cámaras empresarias, quedó oficializado este miércoles mediante la publicación de la resolución 4/2021 en el Boletín Oficial.
Tal como se había anunciado, el incremento será del 35 por ciento aplicable en siete tramos no acumulativos desde abril hasta febrero de 2022, según la resolución firmada por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
De acuerdo a lo establecido en la reunión del Consejo del Salario Mínimo, se resolvió un aumento retroactivo de un 9 por ciento en abril, 4 por ciento en mayo, 4 por ciento en junio, 3 por ciento en julio, 5 por ciento en septiembre, 5 por ciento en noviembre y un 5 por ciento final en febrero de 2022.
En consecuencia, a partir de abril, el salario mínimo quedó en 23.544 pesos, mientras que para mayo se fijó en 24.408 pesos y en junio será de 25.572 pesos.
Según la resolución publicada este miércoles, a partir del primero de julio el haber llegará a 25.920 pesos, mientras que en septiembre se estableció en 27.000 pesos y en noviembre en 28.080 pesos. En tanto que, a partir de febrero de 2022, el haber será de 29.160 pesos.
Además, se acordó que en septiembre habrá otra reunión del Consejo del Salario Mínimo, "para evaluar la evolución de la situación", según informó Trabajo.
El SMVM incide sobre un amplio número de trabajadores no registrados o informales que toman por referencia ese parámetro. Además, impacta en convenios de trabajo con ingresos más bajos, como pasa entre empleados provinciales y en trabajadores formales “fuera de convenio”. También impacta sobre más de 750.000 beneficiarios de planes sociales, como Potenciar Trabajo, que perciben la mitad del salario mínimo. Y es una referencia para las becas Progresar porque el beneficiario cobra esa ayuda si la familia gana menos de tres SMVM.
En cambio, no incide sobre la jubilación mínima de los que se jubilaron sin acudir a las moratorias quienes tienen derecho al 82 por ciento del SMVM porque ese porcentaje, hasta el próximo aumento en junio, resulta más bajo. Hoy la jubilación mínima es de 20.571,44 de pesos.
Por su parte cobran la Prestación por Desempleo unos 150.000 trabajadores en relación de dependencia formales o registrados que fueron despedidos sin causa. El anterior aumento fue en abril del año pasado y se mantuvo sin cambios hasta este incremento inicial del 9 por ciento desde este mes de abril.
La ley de Contrato de Trabajo dice que el SMVM es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral. Debe asegurarle alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional. Y debe ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de vida.
La prestación que otorga ANSeS por desocupación tendrá en los próximos meses el mismo incremento escalonado que fue acordado para el piso de remuneraciones. De esta manera, el rango que se paga actualmente, de entre 6.000 y 10.000 pesos, pasará en febrero próximo a ser de 8.100 y 13.500 pesos.
Según se resolvió en la reunión del Consejo del Salario, celebrada el pasado 27 de abril, se incluyó una cláusula de revisión de los valores en septiembre.
El último encuentro del Consejo del Salario había sido el 14 de octubre de 2020, ocasión en la cual se determinó un ingreso mínimo de 21.600 pesos en tres tramos, lo que representó un aumento del 28 por ciento, abonado un 12 por ciento ese mes, un 10 en diciembre y un 6 en marzo.
Durante tres años previos (2017, 2018 y 2019) el valor del mínimo había sido fijado de forma unilateral por laudo ministerial ante las desavenencias de sindicalistas y empresarios.