Las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados podrán a partir del próximo lunes, realizar la atención presencial del público en general sin turno, según lo dispuso el Banco Central.
En caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas o por otro medio electrónico y atenderse con celeridad.
👉Los bancos podrán atender sin turno, garantizando las medidas preventivas de saludhttps://t.co/ccainAN6RG pic.twitter.com/gGDD7PhWqv
— Infotreinta (@infotreintacom) November 12, 2021
Si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida.
La norma alcanza a:
- Entidades financieras
- Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra
- Los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos
- Casas de cambio
- Empresas de cobranzas extrabancarias
Por otra parte, se recuerda que deberán cumplir la totalidad de las medidas preventivas generales previstas por el Decreto de Necesidad y Urgencia número 678/21 y modificatorios, destacándose las siguientes reglas de conducta:
- Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros.
- Las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos.
- Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
- Las personas deberán higienizarse asiduamente las manos.
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